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jueves, 15 de junio de 2017

Perú: el internet como política sostenible

Internet

El uso intensivo del internet se encuentra en cada parte de nuestro día a día, tanto así que para muchas de las cosas que hacemos no tomamos en cuenta que estamos conectados a una red. Vivimos en una era en donde la comunicación a través de redes y base de datos es muy frecuente entre nosotros. La utilización de dispositivos móviles (celulares) ha creado toda una gama de experiencias y nuevas formas de dinamizar la economía en nuestra sociedad. Podemos hacer compras, así como enterarnos de noticias al mismo tiempo que enviamos un correo electrónico y/o coordinamos con el personal de nuestra empresa las actividades a desarrollar.

Sin embargo, esta facilidad en el uso de los dispositivos conectados a internet no es global, o al menos en nuestro país, aún se trata de una minoría que utiliza estos dispositivos de manera frecuente. Aunque la tendencia va hacia un uso intensivo en temas de comunicación y uso de datos, aún existen varios factores por desarrollar en nuestra sociedad, tales como asuntos de desarrollo de infraestructura y ampliación de mejores ofertas en telecomunicaciones, aún hacen de este medio uno de pocos usuarios; la educación, como uno de los sectores de mayor relevancia para una pronta actualización.

El internet en nuestro país es uno de los más caros a nivel mundial, sin contar que es uno de los de menor velocidad. Teniendo en cuenta esto último, es obvio que las políticas al respecto aún se encuentran en camino de desarrollo. Y es que temas de mayor importancia como la Educación o la expansión de servicios de Salud también se encuentran por hacer, todavía no se logran resultados que satisfagan a las clases más vulnerables en nuestro país.

Pese a ello, como nos menciona el artículo periodístico de fuente, frente a las carencias se presentan alternativas de gran valor: el uso “offline” de Datos. Sin dudas es una alternativa a la falta de una continua conexión a internet, y frente a ello, no solamente el sector privado, sino también entidades estatales deberían hacer uso de estas herramientas que bien podrían conducirnos ahorrar tiempo y a optimizar nuestros recursos.

Además de ello, el alcance que tiene, no sólo a distancias sino a durabilidad en el tiempo, le otorga un valor adicional a nuevas formas de hacer las cosas en la administración estatal. El hecho que dejemos ciertas labores a las computadoras y alejemos la intervención humana de algunos asuntos, podría traernos muchos beneficios. Países europeos ya están envueltos en una gran revolución tecnológica, acompañados por aspectos de capacitación y continua formación, logran un avance sostenible.

La tecnología, en tanto herramienta de trabajo y producción, es un elemento de la economía sostenible, y no debe ser apartada de los intereses que conforman las políticas públicas del Estado.


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Diego Ganoza

Fuente: Aplicaciones desconectadas: herramientas de competitividad en el mercado

lunes, 18 de julio de 2016

Sobre el comercio exterior - Nociones previas



Hace algunos meses atrás, brindé una charla sobre Comercio Exterior. Fue realizada de manera online, a través de una videollamada. La charla fue parte de un seminario de emprendimiento dado a los jóvenes estudiantes de Cusco, Perú.

A mí, por supuesto, me dio mucha alegría participar y poder hablar en específico del comercio entre Perú y España. Revisar algunas cifras, y además conversar sobre el entorno económico en que se desenvuelve un emprendedor español dentro de su país y la Unión Europea.

Para comenzar a tratar el comercio exterior entre Perú y España, comentamos algunas nociones previas que hay que tener en cuenta para poder llegar a ese punto y a partir de ahí, desarrollar el tema.
Cuando una persona o empresa desea iniciar sus actividades en el comercio internacional, debe hacerse varias preguntas. Estas preguntas deben cumplir la finalidad de trazar el camino para cumplir sus objetivos.
  • ¿Cómo?: preguntarnos ¿Cómo empezaré? ¿Cómo hago socios? ¿Cómo consigo las primeras ventas? etc. Hace que reflexionemos sobre las herramientas o vías que tenemos más próximas para comenzar a trabajar. Es importante esta pregunta porque a partir de ella tendremos una idea de lo que será nuestra estratégia a seguir.
  • ¿Cuándo?: Esta pregunta tiene muchas vías y formas de aplicar, ya que se responde de acuerdo al ámbito en el que deseamos actuar. Por ejemplo: ¿Cuándo comenzaré a exportar? ¿Cuándo comenzaré a vender? ¿Cuándo tendré mi primer cliente? etc. Este tipo de preguntas, además de contribuir con la estrategia de ventas, nos impulsa a mantener un cronograma de trabajo: un punto de partida y un punto de llegada en el calendario. La respuesta a esta pregunta varía dependiendo de algunos factores: si estás en el sector de la moda, dependerá de la temporada o de algún lanzamiento público; pero si estás en el sector de alimentos, dependerá de las fechas de las temporadas altas y bajas, de la demanda según la zona de ventas, entre otros.
  • ¿Dónde?: Para responder esta preguntar deberemos situar en el mapa nuestras ventas y por ende, nuestro público objetivo. Las zonas pueden ser tanto regionales, nacionales, continentales, etc. Si bien es cierto que con el uso continuo del internet en nuestros días, las zonas para presentar nuestros productos o servicios pueden ser a escala mundial, aún sigues existiendo fronteras que nos limitan nuestro actuar comercial, como por ejemplo: si no sabemos el idioma del lugar, no podremos dinamizar nuestro esfuerzo; si los impuestos que esta zona establece a nuestro producto son muy altos, el margen no podrá ayudarnos a ser sostenibles; si los usos y costumbres de la zona no incluye nuestro producto, será muy complicado hacernos de un espacio. Y un largo etc.
  • ¿Cuánto?: Para explicar la respuesta a esta pregunta, voy a dividirla en dos: una respuesta interior y otra exterior. Para responder la parte interior debemos realizar comenzar por conocernos a nosotros mismos, y sobretodo, saber con cuántos recursos contamos. El dinero y otros recursos (profesionales, personales, sociales, etc.), pueden ser factores determinantes en el proceso final de una venta. Por otro lado, para la repsuesta exterior, debemos respondernos el ¿Por cuánto?. Por cuánto estaremos dispuestos a comenzar a negociar o aspirar a observar otros mercados. No es lo mismo comenzar con 100 dólares a que con un millón. La Inversión de estos recursos en su conjunto podrían aumentar o no nuestra capacidad.
No olvidemos que contar y cumplir con cada paso, no es un símbolo de éxito asegurado. Comenzar en los procesos de importación o exportación involuccra varios factores ajenos a nuestro control. Pero ello no debe ser razón para descuidar el norte de nuestro negocio.

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sábado, 9 de marzo de 2013

Empresa: La generación de contenidos en YouTube en Perú

En el mes de febrero se llevó a cabo un taller sobre “Iniciación en Youtube”. Fue un taller dedicado a la presentación, desempeño y revelación de trucos de la plataforma de vídeos en internet YouTube. El público asistente fue de jóvenes emprendedores peruanos que tienen como objetivo, y oportunidad de desarrollo profesional, la utilización de este espacio; y entre los expositores se contaron con jóvenes “Youtubers” que poseen cierta cantidad de años desempeñándose en esta plataforma y que a su vez ya han ganado la fama y reconocimiento de sus “subscriptores”. Este taller, se llevó a cabo, además, al apoyo del Sistema Organizacional Equipu.

Taller de iniciación en YouTube

Desde que Google lanzó la versión peruana del portal en marzo del 2012, las razones para impulsar este tipo de proyectos en el Perú, fueron varias. Entre ellas puedo mencionar las siguientes (Fuente):

- AUDIENCIA:

  • Cada mes más de 800 millones de usuarios únicos visitan YouTube.
  • Cada mes se reproducen más de 4.000 millones de horas de vídeo en YouTube.
  • Cada minuto se suben 72 horas de vídeo a YouTube.
  • El 70% del tráfico de YouTube procede de fuera de EE.UU.
  • YouTube está en 53 países y alrededor de 61 lenguajes.
  • En 2011, YouTube recibió más de un billón de reproducciones o aproximadamente 140 reproducciones por cada habitante de la Tierra.
  • Cada día tienen lugar millones de suscripciones. Las suscripciones te permiten mantenerte informado de las novedades de alguien que te interesa, ya sea un amigo o la NBA, y seguir su actividad en el sitio.

- PROGRAMA PARA PARTNERS DE YOUTUBE (AHORA TAMBIÉN EN PERÚ)

  • Creado en 2007, ahora contamos con más de un millón de creadores de más de 30 países de todo el mundo que obtienen ingresos con sus vídeos de YouTube.

- OBTENCIÓN DE INGRESOS

  • Miles de anunciantes utilizan los anuncios TrueView in-stream, y ahora es posible saltar el 65% de los anuncios in-stream.
  • Tenemos más de un millón de anunciantes que utilizan plataformas de anuncios de Google, la mayoría de los cuales son pequeñas empresas.

- DISPOSITIVOS MÓVILES

  • El 25% de las reproducciones de YouTube globales proceden de dispositivos móviles.
  • Los espectadores ven 1000 millones de vídeos diarios en YouTube en móviles.
  • YouTube está disponible en 400 millones de dispositivos.
  • El tráfico procedente de los dispositivos móviles se triplicó en 2011.

- ID DE CONTENIDO

  • Cada día, el sistema de identificación de contenido analiza más de 100 años de vídeo.
  • Más de 3.000 partners utilizan el sistema de identificación de contenido, incluidos los principales estudios cinematográficos y las principales compañías discográficas y emisoras de radio y televisión de EE.UU.
  • Nuestra base de datos del sistema de identificación de contenido incluye más de ocho millones de archivos de referencia (más de 500.000 horas de material) y se considera una de las bases de datos más completas del mundo. Esta cifra se ha duplicado en el último año.
  • Más de un tercio del número total de reproducciones que generan ingresos a través de YouTube proceden del sistema de identificación de contenido.
  • Se han reclamado más de 200 millones de vídeos a través del sistema de identificación de contenido.

Y el Perú, no escapa de estos resultados. A continuación, les doy unas breves cifras en cuanto YouTube en el Perú:

Por lo que podemos concluir lo siguiente:

- YouTube se nos presenta como una nueva oportunidad de desarrollo profesional y personal. Además de institucional para las empresas.

- Así como YouTube funciona de una forma “empresarial” con los creadores en otros países como EEUU, con los que trabaja mano a mano en temas de talleres y capacitaciones, al Perú aún le falta mucho camino por recorrer.

- Para innovar necesitamos de ideas. El peruano es muy creativo, sin embargo estamos envueltos de influencias extranjeras que generan en nosotros una “forma de hacer vídeos”.

- Pese a que somos conscientes que no utilizamos de manera correcta las herramientas para difundir de manera “correcta” nuestros vídeos, no las utilizamos.

- La falta de información respecto al uso de trucos y procedimientos para ganar audiencia, es un gran obstáculo que debemos vencer.

- Hacer vídeos de calidad implica un buen desarrollo audiovisual del vídeo, y esto se ve opacado por distintas razones, que son inherentes al peruano común (buena cámara, redundancia en temas –monólogos-, conocimientos de iluminación, armado de guión, proceso de creación de contenido, etc.)

- La creación de contenidos no se estanca con un cierto periodo, sino que debe ir más allá; esta creación debe constante y creciente.

La principal idea en la realización de este taller, fue la de "FORMACIÓN”. La formación y la capacitación es la única manera de crecer en lo que uno se desempeña. El conocimiento da poder: poder para crear; poder para imaginar; poder para gestionar; poder para hacer aquello que no ha sido hecho hasta ahora, hasta el momento en el que decido hacerlo. Y eso lamentablemente no se encuentra en el consciente de muchos peruanos aún, por lo que es momento de comenzar a trabajar en ello.

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@diegoganoza

jueves, 15 de marzo de 2012

Derecho: ¿La intimidad como libertad?

En tanto que una colectividad es reconocida como persona por el sistema jurídico, ésta automáticamente adquiere la capacidad reconocida en un sujeto de derecho, esta capacidad es dividida por la doctrina en dos tipos, la primera es la capacidad de disfrute en el que las personas jurídicas poseen las mismas aptitudes que una persona individual para ejercer sus derechos y obligaciones; por lo tanto, adquieren los derechos relacionados con el rol que deben desempeñar para su desenvolvimiento dentro del régimen social.

Y, la segunda, capacidad de ejercicio mediante el cual se acciona o se pone en funcionamiento los derechos en el ordenamiento jurídico, y por el que la persona jurídica acciona el uso de sus derechos a través de un  “representante”, que actúa en nombre de la persona jurídica, entiéndase sin ser excluida de ésta necesariamente ya que al actuar en nombre de ella, se entiende que es la persona jurídica la que está actuando directamente.

Phonebaby Debido a las configuraciones que posee una persona natural o individual, a diferencia de la persona jurídica, en tanto colectividad, asociación, grupo de personas reunidas bajo un mismo fin, nos corresponde tratar sobre qué derechos se aplican a éste último.

En casos como el que a raíz de la revelación de un audio de conversaciones entre funcionarios de una entidad estatal y el ex primer ministro de gobierno, donde se pacta actos para favorecer cierta concesión a una determinada empresa petrolera, nos sirve de manifiesto para reconocer el rol de los hombres acorde con los avances científicos que le corresponden, siempre ligado a su lucha por la libertad, ya que, como hemos visto en el caso de los ministros, los derechos fundamentales se encuentran cada vez más expuestos a su vulneración en aras de alguna justificación: “de los pobres”, “del partido”, “de la fe religiosa”, “del país”, etc.

El motivo por el cual se persiguen estos fines son dignos de reconocimiento; sin embargo, estos derechos no pueden ser al mismo tiempo afectados o sacrificados por otros, tal como se encuentra regulado, por ejemplo, en el inciso 4 del artículo 20 de la Constitución española en el que dice:
   

Art. 20.
(…)
4) Estas libertades tienen su límite en el respeto a los derechos reconocidos en este Título, en los preceptos de las leyes que lo desarrollen y, especialmente, en el derecho al honor, a la intimidad, a la propia imagen y a la protección de la juventud y de la infancia4.
El sistema político -sobre todo en el nuestro- se tiende siempre a la dinámica de invadir la vida privada de personajes que cumplen alguna función estatal dónde capturan con el afán de manipular o controlar comportamientos5 -conocidos en el medio como actos de corrupción-.

El Derecho a la intimidad obedeció en sus comienzos a una negación, se obedeció al derecho de la no intromisión en asuntos que la persona defiende como suyos, correspondientes al ámbito del cual no tienen derechos a ingresar los terceros, sin el consentimiento de la persona; el Derecho a impedir la divulgación, cualquiera fuere el medio que se utilice. No será hasta después de la segunda guerra mundial donde el derecho a la intimidad será entendido como garantía de la libertad del ser humano, dándole una dimensión positiva, tal y como lo establece, por ejemplo, el artículo 18 de la misma Constitución española
   

Art. 18
1. Se garantiza el derecho al honor, a la intimidad personal y familiar y a la propia imagen.
2. El domicilio es inviolable. Ninguna entrada o registro podrá hacerse en él sin consentimiento del titular o resolución judicial, salvo en caso de flagrante delito.
3. Se garantiza el secreto de las comunicaciones y, en especial, de las postales, telegráficas y telefónicas, salvo resolución judicial.
4. La ley limitará el uso de la informática para garantizar el honor y la intimidad personal y familiar de los ciudadanos y el pleno ejercicio de sus derechos.

Sin embargo, este Derecho no debe de ser de carácter absoluto debido a que existen situaciones específicas en las que el derecho a la intimidad deberá ceder para dar paso a la protección del interés general, tales como la lucha contra la delincuencia, la seguridad nacional, salud pública, etc. En los que la autoridad competente para calificarlos como tales, será el juez.

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@diegoganoza

Bibliografía

AGUIAR DE LUQUE, Luis. 1988. Constitución española (1978-1988). Madrid: Centro de Estudios Constitucionales.

MORALES GODO, Juan. 2002. Derecho a la intimidad. Lima: Palestra.

COVIELLO, Nicolás. 1938. Doctrina general del derecho civil, México, D.F.: Uteha.

miércoles, 14 de marzo de 2012

Derecho: Capacidad en las personas jurídicas

A lo largo del tiempo, la historia da cuenta de que el hombre se ha encontrado en la necesidad de reunirse en asociaciones de diversas índoles con el fin de establecer o crear obras duraderas de acuerdo al fin u objetivo que se persiga, ejemplo de ello son las sociedades, asociaciones políticas, religiosas, científicas, etc.

Este fin común abstraído se concreta en una unidad, por la que se ejerce y protege los efectos jurídicos de la misma, asegurando de esta forma que la muerte o fin de una de las personas o el posible interés propio de alguno de los individuos no afecte la consecución del interés común, por lo que se hace necesario que el ordenamiento reconozca en la personalidad de la persona jurídica la capacidad para poder adquirir o ejercitar derechos y obligaciones por sí misma.

Por ejemplo, en la legislación chilena, en el artículo 545 del Título XXXIII, De las personas jurídicas, del código civil, se reconoce a la persona jurídica como

Art. 545.- Se llama persona jurídica a una persona ficticia, capaz de ejercer derechos y contraer obligaciones civiles y de ser representada judicial y extrajudicialmente.

Las personas jurídicas son de dos especies: corporaciones y fundaciones de beneficencia pública.

Hay personas jurídicas que participan de uno u otro carácter.

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Reconociéndoles de por sí su esencia ficticia y capacidad para ser titular de Derechos y obligaciones, a diferencia de lo establecido en la legislación peruana en la que, según lo regulado en los artículos 76 y 77 del Título I, de la Sección Segunda, del código civil se determina que:

Art. 76.- La existencia, capacidad, régimen, derechos, obligaciones y fines de la persona jurídica, se determinan por las disposiciones del presente Código o de las leyes respectivas.

La persona jurídica de derecho público interno se rige por la ley de su creación.

Art. 77.- La existencia de la persona jurídica de derecho privado comienza el día de su inscripción en el registro respectivo, salvo disposición distinta de la ley.

La eficacia de los actos celebrados en nombre de la persona jurídica antes de su inscripción queda subordinada a este requisito y a su ratificación dentro de los tres meses siguiente de haber sido inscrita.

Si la persona jurídica no se constituye o no se ratifican los actos realizados en nombre de ella, quienes los hubieran celebrados, son ilimitada y solidariamente responsables frente a terceros.

Donde se le reconoce existencia y capacidad al ente a partir de su inscripción en los registros; sin embargo, ello no siempre es así, debido a que éste ya posee la facultad de ejercer actos jurídicos desde antes de su inscripción, con un plazo establecido de tres meses, ello a diferencia de lo determinado en la legislación argentina, además de ser mucho más específica en sus consideraciones, establece la existencia y por lo tanto capacidad de las personas jurídicas, los artículos 31 y 32, establecen que:

Art. 31. Las personas son de una existencia ideal o de una existencia visible. Pueden adquirir los derechos, o contraer las obligaciones que este código regla en los casos, por el modo y en la forma que él determina. Su capacidad o incapacidad nace de esa facultad que en los casos dados, les conceden o niegan las leyes.

Art. 32. Todos los entes susceptibles de adquirir derechos, o contraer obligaciones, que no son personas de existencia visible, son personas de existencia ideal, o personas jurídicas.

La capacidad otorgada por el ordenamiento argentino no condiciona de ningún modo el tiempo sobre el cual la persona jurídica comienza a poseer tales condiciones.

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@diegoganoza

Bibliografía

COVIELLO, Nicolás. 1938 Doctrina general del derecho civil, México, D.F.: Uteha. 

LIRA URQUIETA, Pedro. 1961 Código civil de Chile. Madrid: Inst. de Cultura Hispánica.

CENTRO DE DOCUMENTACIÓN E INFORMACIÓN DEL MINISTERIO DE ECONOMÍA – ARGENTINA. 1969 “Código Civil de la Nación” [en línea] Código Civil

<http://www.infoleg.gov.ar/infolegInternet/anexos/105000-109999/109481/texactley340_libroI_S1_tituloI.htm>

martes, 13 de marzo de 2012

Derecho: Persona y personalidad jurídica

Empezaremos apoyándonos sobre la base de lo pensado como Sujetos de Derecho, entendidos como entes o centros de atribuciones de deberes y derechos, adscribibles siempre y en última instancia a la vida humana, establecido en el Libro I del Código Civil peruano, en el que se considera como tales al Concebido, a las Personas Individuales (personas naturales), a las Personas Colectivas (personas Jurídicas) y a las organizaciones no inscritas.

Por otro lado, podemos observar algunos ejemplos para la definición de persona, como la legislación argentina, en la que en el artículo 30 del Título I, De las personas jurídicas, del Código Civil, define a la persona como "Art. 30.- Son personas todos los entes susceptibles de adquirir derechos, o contraer obligaciones".

INDIA-10680NF2, Young Boy Selling Flowers, India, 1993 Queda claro que la legislación argentina nos brinda una definición bastante amplia, y por lo tanto no muy bien definida (entiéndase específica) acerca de quiénes son consideradas "personas", así como los requisitos de condición para ser poseedores de tales Derechos y/o obligaciones. A diferencia por lo establecido por el Código Civil chileno, en el que establece en su artículo 55, del Título I, De las personas en cuanto su nacionalidad y domicilio, que "Art. 55.- Son personas todos los individuos de la especie humana, cualquiera sea su edad, sexo, estirpe o condición. Divídanse en chilenos y extranjeros".

En el que se centra el concepto de persona al de individuo humano; es decir, considerado como tal al Hombre en su sentido amplio; asimismo, y siendo más especifico aún en su nominación, el artículo 8 del Código civil francés, siendo el Libro Primero sobre las personas, nos dice que "Art. 8.- (Ley del 26 de junio de 1889). Todo francés gozará de los derechos civiles".

Por lo que cataloga, sin distinción de por medio, al francés, entendido como ciudadano, como aquel titular de derechos civiles per se.

Se suele tomar por igual o –quizá- confundir los conceptos de Persona y Hombre debido a que el Derecho responde a la realidad del ser humano; por ello, dentro de las teorías que tratan de definir la naturaleza jurídica de la Persona diferente al de Hombre, nos inclinaremos, por la teoría Formalista, entendida por Francisco Ferrara, en tanto que el hombre es una realidad fisio-antropológica o un punto de vista teológico-filosófico; la persona, en cambio, es una cualidad abstracta, ideal, proporcionada por la capacidad jurídica “y no resultante de la individualidad corporal y psíquica”. El hombre es persona, en el Derecho, sólo en cuanto es reconocido como ente jurídico, dotado de derechos subjetivos.

La persona en sentido técnico-jurídico significa sujeto de derechos y, por ser una mera categoría jurídica, no implica ninguna condición de corporalidad o espiritualidad en el investido. Ser persona no supone un derecho sino una situación jurídica, un “status”, un punto de reunión de derechos subjetivos.

En cualquiera de las expresiones dadas por la legislación, la concepción de Sujeto de Derecho, siempre quedará adscrita a la vida humana, al desarrollo de ésta dentro de la sociedad; por lo que siempre será válida a partir de que se haga referencia a cualquiera de sus circunstancias, es así que se establece la diferencia entre el concepto de Persona y Sujeto de Derecho, siendo este último inclusivo del anterior; es decir, no todo Sujeto de Derecho es Persona; sin embargo, toda Persona es Sujeto de Derecho, ya sea desde su concepción hasta su nacimiento (Título I del Código Civil peruano), durante su desarrollo como persona individual o colectiva (Títulos II, III, IV, V y VI del Código Civil peruano)  hasta su muerte o fin (Título VII del Código Civil peruano).

La cualidad atribuida, por el ordenamiento jurídico, a la persona es la personalidad, la que se ve  plasmada en una abstracción, mediante la cual se otorga la aptitud para ser sujeto de Derecho y por lo tanto pueda realizar actos jurídicos dentro de la sociedad; es decir, la personalidad que es atribuida al Sujeto de Derecho, es el producto de este mismo orden jurídico y surge por el reconocimiento del Derecho objetivo, en tanto que el hombre es persona no por naturaleza, sino por el Derecho.

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@diegoganoza

Bibliografìa
FERNÁNDEZ SESSAREGO, Carlos. 1962. La noción jurídica de persona. Lima, San Marcos.
FERRARA, Francisco. 1929. Teoría de las personas jurídicas. Madrid, Reus.
ESPINOZA ESPINOZA, Juan. 2001. Derecho de las Personas. Lima, Huallaga Editorial.

lunes, 5 de marzo de 2012

Derecho: El pro-bono de los abogados

Las actividades pro-bono son comprendidas como aquellas que se realizan “por el bien público”, como bien se define en la “Declaración de trabajo pro-bono para el continente americano”. Estas actividades nacen para dar solución a diversos problemas que enfrenta el sistema de justicia como entidad pública y poder de Estado.

Entre estos problemas se encuentran la deficiente capacidad del Estado por resolver las necesidades legales de la población en situación de vulnerabilidad, sea por un tema de escasez de recursos, de marginación, de indefensión por motivo de edad, etc.; el escaso conocimiento por parte de la población sobre sus derechos y la manera de hacerlos valer, lo cual genera un desentendimiento entre ambos (la población y el Estado) al momento de establecer la idoneidad del Derecho, lo que a su vez crea desconfianza por parte de la población hacia éste; debilidad de los órganos gremiales (como el Colegio de Abogados) es que estos en general, no cuentan con esta tarea de vigilancia ética. 

TheKid-CharlesChaplin En ese sentido, respecto a la carrera de Derecho en sentido amplio, vemos que existe gente que estudia Derecho, pero no todas la practican o ejercen, debido a que ésta se presta para poder ejercer otras profesiones (el periodismo, por ejemplo); al mismo tiempo, entre quienes la practican, se distinguen en categorías más pequeñas como la Magistratura, la diplomacia, etc. Lo cual origina un campo competitivo más amplio de desempeño, consignándose de esta forma un estado de vulnerabilidad del Derecho, entendido como una profesión central a grandes intereses y a grandes factores de poder, cosa que no sucede con profesiones como la educación, la medicina o la sociología, que no están estrictamente en el vértice de las grandes decisiones sociales y políticas, en cambio el Derecho sí. Sea en el Poder Legislativo cuando hay que dar una ley o discutirla; o en contratos entre particulares. Todo esto hace que sea un profesión muy predispuesta a estar en el ojo de las tormentas.  

Sin embargo, dentro de este amplio campo de competitividad, muchas personas están convencidas de que el abogado que goce de más prestigio es aquel quien goza de una ética intachable, pues resulta contradictorio aceptar que aquel quien haya dedicado mucho esfuerzo y sacrificio a su labor académica sucumba ante un acto indebido (corrupción, entre otros). Un claro ejemplo acerca de esto último, es el arbitraje, cuyos profesionales del Derecho que gozan de buena reputación y buen ejercicio ético son convocadas por los clientes para formar parte de un Tribunal que resolverá determinados conflictos.  

Es así pues que el abogado y las instituciones profesionales del Derecho, dentro de este sistema de justicia, como vamos viendo, cargado de serios problemas, tienen como uno de sus objetivos el defender los derechos de las personas y la consolidación del Estado Constitucional de Derecho y la justicia; además que la profesión legal tiene un rol privilegiado y está posicionada de manera única en materia de acceso a la justicia y tiene la responsabilidad, los medios y la oportunidad de promover un sistema legal justo y equitativo, así como el respeto por los derechos humanos y constitucionales en colaboración con el estado, el poder judicial y las organizaciones no gubernamentales. Por todo ello, para atender las necesidades antes mencionadas y el rol que desempeña el Derecho, es que se dan las actividades de responsabilidad social del abogado.

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@diegoganoza

Bibliografía
BOZA DIBOS, Beatriz y CHOCANO DAVIS, Christian. “Responsabilidad social y pro bono. Más allá del fin de lucro”. En: Exposición de Motivos del Proyecto de Código de Ética y Responsabilidad del Profesional en Derecho. Lima. 2008.
DEL MASTRO, Fernando. “Pobreza legal y pobreza legal extrema: ¿Quiénes son los responsables?” En: Themis, revista editada por estudiantes de la Facultad de Derecho de la Pontificia Universidad Católica del Perú. Nro. 53. 2007.

lunes, 27 de febrero de 2012

Derecho: Democracia Constitucional

Cabe aclarar las distinciones entre Democracia y Constitucionalismo, la Constitución no sólo está cuando hay Democracia, si no que también se encuentra durante dictaduras o gobiernos militares que han tratado de legitimarse a través de una Constitución; sin embargo, esta participación no es del todo presidida por una norma escrita, como el caso de Inglaterra.

La Democracia, como sostiene Giovanni Sartori, es un concepto normativo y no puede ser identificado con profundidad sin articular de un modo completo la concepción valorativa que justifica sus instituciones distintivas: lo que la Democracia es, no debería estar separado de lo que Democracia debe ser.

Yuyapanaq Con el desarrollo de la Democracia se ha venido dando a la par el desarrollo de grupos de presión, los cuales aspiran a la posesión de algún cargo estatal en el que puedan llevar a cabo sus planes o ideales políticos, la influencia de ellos es dirigida través de las elecciones, diferenciándose de los partidos políticos en:

- Los partidos políticos buscan el control jurídico público, los grupos de presión, no.

- Los partidos representan una concepción política absoluta y se consideran responsables de los intereses morales y materiales de la comunidad, en los grupos de presión estos intereses son parciales.

- La razón fundamental de los partidos políticos es el arte y la ciencia como política, son sus fines y sentidos de existir, para los grupos de presión son solo instrumentos para sus intereses materiales.

A la luz de ello, el constitucionalismo es entendido en un primer momento como la combinación de los Derechos individuales y la Democracia, sin embargo ello no es suficiente. El constitucionalismo incluye además el ideal de respetar la Constitución histórica y el sistema jurídico que deriva de ella para la protección de los Derechos.

Los ciudadanos, miembros de una sociedad, damos vida a las instituciones dentro de ella, mediante la representatividad ejercida a través de las elecciones; sin embargo, resulta válido preguntarnos si es que ¿es el sistema electoral proporcional el método más adecuado para lograr la representación democrática, o es que es sólo una de las alternativas que deben de ser elegidas por razones técnicas?.

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@diegoganoza

Bibliografía
NINO, Carlos Santiago. La constitución de la democracia deliberativa. Barcelona: Gedisa, 1997.
FORERO ORTIZ, Enrique. El sufragio: Derecho y Función obligatoria. Bogotá: (s.n.), 1964.

jueves, 16 de febrero de 2012

Derecho: Tribunal Constitucional vs. Poder Judicial

Debido a la propia naturaleza en sus funciones, en los últimos años han venido desarrollándose desacuerdos y dudas en cuanto al espacio de jurisdicción o intervención que debe tener un Tribunal Constitucional respecto a las decisiones emitidas por un congestionado Poder Judicial.

books3 Ya que por ejemplo, por su característica como máximo intérprete de la Constitución -en cuanto a las funciones que les son competentes-, tiene el poder de decidir si una norma es constitucional o no, lo que podría entenderse como una directa "desautorización" al Poder Legislativo, por ejemplo. Originando de esa forma un cruce de poderes y de funciones dentro del marco de un Estado de Derecho, y son precisamente las dudas al respecto las que hacen de las sentencias interpretativas un instrumento polémico y controvertido, lo cual resulta especialmente claro en el caso de las sentencias aditivas (¿Uy, no recuerdas qué son? Pues te lo digo: son aquellas en las que se emiten agregados en una norma para así evitar el vacío legal o laguna que sea interpretada contrariamente a la constitución).

Lo que aparece en el centro de la tormenta es la pregunta sobre quién es el titular de la “correcta interpretación”, aunque por estos caminos no quisiera transitar el TCE (Tribunal Constitucional Español). La interpretación y aplicación de la Ley dice esta doctrina retratada ahora en la jurisprudencia, “corresponde exclusivamente a los órganos judiciales ordinarios, salvo que al hacerlo violasen alguna garantía constitucional”.

La interpretación es aquí, una fuente de legitimación del propio Tribunal, pues una vez “interpretado” que se ha violado “alguna garantía constitucional”, se puede entrar entonces en las razones jurídicas del Juez ordinario. Claro, esto se ha dicho, es potestad indiscutible del Juez Constitucional, puesto que es perfectamente posible, que tras interpretaciones "antojadizas" se vulnere otros Derechos Fundamentales y no la esencia misma del Derecho de Tutela jurídica, que sería la motivación en este caso, habilitándose sin problema la revisión por parte del TC, de los argumentos de fondo de una sentencia del Juez ordinario.

Y mientras tanto, ustedes qué opinan, ¿realmente existe un cruce de poderes o el rol de cada uno integra una relación complementaria?.

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@diegoganoza

Bibliografía:
DIAZ REVORIO, Francisco Javier. Las sentencias interpretativas del Tribunal Constitucional. Lex Nova. 2001.

lunes, 6 de febrero de 2012

Derecho: La Función social del Derecho

El Artículo VII del Título Preliminar del Código Civil peruano, dictamina que “los jueces tienen la obligación de aplicar la norma jurídica pertinente, aunque no haya sido invocada en la demanda”, pero antes que los jueces apliquen lo establecido en la norma jurídica, existen en el transfondo temas aún imprecisos por abordar.

No podemos empezar sin antes mencionar los problemas que se desprenden de la función judicial que dictamina el Código Civil, en un país como el Perú, por ejemplo -o cualquier otro-, tan rico como diverso en muchos aspectos, especialmente el social, donde podemos fácilmente encontrar diferencias muy marcadas; que además mantienen un determinado perfil, como el de las vestimentas, lenguajes, danzas, etc., en los cuales el Derecho cumplirá su función social.

tableLa “función social del Derecho” hace referencia a la eficacia social de las normas jurídicas. Ahora, se trata de mostrar [Ferrari, 1980] las relaciones de interdependencia y dependencia entre las siguientes variables: 1) los fines del editor de las normas, ya sean proclamados o no, y considerando que quienes dictan las normas no son únicamente las instancias jurídicas formales, sino también los grupos de presión que influyen en ellas; 2) el contenido de la regulación jurídica; y 3) los efectos sociales producidos por la puesta en vigor de la norma.

Por otro lado, en el artículo V del título preliminar del código penal, también del Perú, se establece que “sólo el juez competente puede imponer penas o medidas de seguridad; y no puede hacerlo sino en la forma establecida en la ley”, por lo que los problemas que empiezan a plantearse nacen de un "factor social", llamados problemas del contexto lingüístico debido a que el lenguaje jurídico es un tipo de lenguaje común y, por tanto, adolece de los mismos problemas de ambigüedad y vaguedad que afectan a éste; y deshacer la ambigüedad y vaguedad comporta una decisión discrecional, la diferencia que nos identifica como sociedad recae en el Derecho para que se haga efectiva su función.

Generalmente, los documentos normativos, es decir, las fuentes del Derecho, son formulados ya no en un lenguaje artificial –en el que todos los términos y todos los conectivos sintácticos estén rigurosamente definidos-, sino en un lenguaje natural, este lenguaje natural varía, como somos testigos día a día, según su significado o sentido que se le sea atribuido con el pasar del tiempo, debido a estas “variedades sociales” de las que somos parte.

Por lo tanto, los significados de las palabras y el sentido o interpretación que se le dé a determinadas expresiones cambian de tiempo en tiempo, así como las vestimentas, lenguajes, danzas, etc.

En el campo jurídico, desde el punto de vista del juez fiel a la ley, la interpretación se presenta como una actividad de conocimiento: interpretar es “averiguar” el “verdadero” significado de las leyes o la “verdadera” intención del legislador. Los problemas de interpretación, de esta manera, se presentan como origen o motivos de duda en torno al significado de la ley o a la intención del legislador”.

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@diegoganoza

viernes, 3 de febrero de 2012

Derecho: Juez preconstituido y la doctrina

Los elementos propuestos por la Corte Costituzionale italiana, que estructuran el principio mediante el cual el juez que juzgará al ciudadano no será, con seguridad, un juez parcial, de forma tal que no favorezca o incline a favor de una de las partes en algún proceso judicial, son los siguientes:

  1. La identificación de las normas sobre la “competencia jurisdiccional”, definidas como aquellas sobre las cuales recae la aplicación de la garantía constitucional.

  2. La existencia de una reserva de ley absoluta sobre dicha materia.

  3. Y, en tercer lugar, la necesidad de que el juez competente sea instituido a priori, es decir, antes que se produzca el supuesto de hecho, materia de juzgamiento.

bb Los jueces difícilmente podrán exponer razones aceptables en Derecho si éstas no se adscriben a postulados instrumentales sobre lo jurídico. Los jueces tienen el deber no sólo de sancionar una determinada conducta sobre la base de normas, sino que además deben justificar lo que dicen a la luz de una lectura moral compatible con los principios de la Constitución. Como es de esperarse, dicha lectura exige un nivel de interpretación que no concluye con lo expuesto en el catálogo de fuentes, sino que se enriquece a través del contenido aportado por “la sociedad abierta de intérpretes jurídicos”.

Como vemos, pues, la labor del juez preconstituido dentro de un Estado Constitucional, hoy en día se vale de muchas herramientas, las cuales sirven para que la sentencia que sea emitida de acuerdo a los hechos; y por lo tanto, no sea desvinculada de la realidad. A su vez, sea respaldada por la jurisprudencia y/o doctrina.

En ese sentido, la doctrina cumple respecto del Derecho, una función reconstructiva. No se trata sólo de explicar o sistematizar las instituciones jurídicas; sino que además, es una forma de razonamiento instrumental del Derecho que se articula desde tres dimensiones:

  1. La dimensión analítica, en cuya virtud es posible delimitar el perfil de las instituciones desde un punto de vista conceptual y también estructural;

  2. La dimensión empírica que implica el conocimiento, interpretación y argumentación de las reglas que configuran el Derecho válido;

  3. La dimensión normativa, entendida como la práctica del Derecho a través de los procesos argumentativos por medio de la jurisprudencia para dar respuesta a los casos concretos.

La doctrina cumple una función instrumental, que se construye desde la propia dinámica social y que sirve para reconstruir la práctica jurídica. La teoría se sitúa en el Derecho, de manera tal que éste depende en gran medida de aquella para su desarrollo vital. No a partir de una dependencia vertical, como podría ser el caso de las leyes respecto a la Constitución; sino de una horizontal, esto es, de su relación recíproca en cuanto al impacto a través de la interpretación en cuya virtud una disposición normativa se convierte finalmente en ley.

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@diegoganoza

lunes, 9 de enero de 2012

Educación: Para recordar (Yuyanapaq)

En este 2012, se cumplirán 20 años de la captura de Abimael Guzmán (el presidente Gonzalo, según decían), y en consecuencia de la caída de "Sendero Luminoso", uno de los grupos terroristas más feroces en la historia peruana. Considero muy importante recordar estos hechos porque atrocidades como las que se vivieron no pueden, ni deben, quedar en el olvido. Seamos objetivos al momento de contar la historia, y tengamos la responsabilidad de comprender, además de los hechos, las circunstancias que favorecieron su realización. Circunstancias que no deben repetirse!

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@diegoganoza

 

[youtube http://www.youtube.com/watch?v=gbWg3RFTuVM]

 

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viernes, 14 de octubre de 2011

De la Administración Pública, su gentita.

En la edición número 43 del 2010, de la revista del Colegio de Politólogos y IMG-20111014-00030Sociólogos de Cataluña, Àmbits, cuyo tema central es “La administración pública: entre la política y la sociedad”; se realiza una entrevista al profesor Carles Ramió.  Ésta gira entorno a las problemáticas que afronta la administración pública en Cataluña, y su crítica –constructiva- sobre ellas.


Aquí comparto con ustedes parte de esta entrevista –es de mi entera responsabilidad algún error en su traducción-, ya que coincido  con –y por lo mismo, me parecen acertadas- algunas de sus observaciones. Considero además, que bien podrían ser tomadas en cuenta por otras organizaciones en donde bien nos terminan arruinando el día por su extrema ineficacia y cuyo personal goza de una actitud altanera injustificada.





¿Cuál es, hoy en día, el estado de salud de las Administraciones Públicas catalanas?
El estado de salud de las Administraciones Públicas catalanas es bueno y malo a la vez. Por un lado son eficaces y ofrecen unos servicios públicos de calidad. Cuando al ciudadano se le pregunta sobre los servicio en concreto que reciben, se muestran satisfechos, y así lo valoran en las encuestas. Por otro lado, sin embargo, no está claro que estas administraciones sean eficientes. Eso se debe a un problema estructural de falta de productividad que afecta Cataluña y al conjunto del Estado, tanto el sector público como el privado. Hacer que las Administraciones Públicas sean más competitivas es uno de los principales retos que tenemos actualmente. (Subrayado mío).


¿Esta debilidad se podría solucionar reduciendo el número de empleados públicos?
Yo no creo que haya demasiados empleados públicos. Si nos comparamos con países de nuestro entorno, observaremos que todos tienen más empleados públicos por habitante que nosotros. Hay que tener en cuenta que las dimensiones de nuestras Administraciones Públicas están pensadas para atender a seis millones de habitantes, y ahora ya son siete, por lo tanto, es inevitable que el volumen de funcionarios crezca. Además, casi todos los servicios que prestan –básicamente vinculados  a la salud, a la enseñanza y a los servicios sociales- son directos, cosa que obliga a hacer nuevas contrataciones.


¿Cuál es, entonces, la causa de esta ineficiencia?
Los empleados públicos han ido acumulando con el tiempo, un conjunto de derechos absolutamente desmesurados, de manera que trabajan muchas menos horas que los del sector privado. Algunos estudios demuestran que, entre vacaciones, días de asuntos propios, bajas por maternidad o paternidad y medidas para la conciliación de la vida personal y profesional, esta diferencia es de unas doscientas horas. Una buena fórmula para resolver esta cuestión sería un pacto entre los sindicatos y los diferentes partidos políticos, que se redujera estos excesos de derechos y lograr así aumentar la productividad. Otro mecanismo, podría ser la evaluación del desempeño, a través de incentivos positivos, como los que se utilizan para que el profesorado universitario incremente la productividad en la investigación; y negativos que aún nadie nunca se ha atrevido a establecer.  (Subrayado mío).


¿Piensa que hay suficiente cultura de servicio público en las Administraciones Públicas catalanas? ¿o bien, predomina la cultura empresarial, quizá más propia del talante catalán?
En Cataluña no hay una cultura de servicio público, y aún menos unos valores institucionales comunes a toda la Administración de la Generalitat. Aquí tenemos culturas departamentales totalmente fragmentadas; es decir, con unos lenguajes y símbolos que son específicos a cada departamento y no están articulados de manera conjunta para
toda la institución. Cuando los nuevos efectivos entran en la función pública, lo hacen muchas veces por motivaciones ajenas a una vocación de servicio público y la forma de hacer oposiciones (evaluación que han de pasar las personas que quieran trabajar para el Estado) tampoco los socializa con estos valores. Es por eso que yo siempre he creído que la formación de entrada es el gran momento de socializarlos con los valores públicos y con los valores institucionales.


En las conferencias acostumbro a decir en broma que para entrar a trabajar a la Administración Pública se ha de estar enamorado de los valores públicos. Nada más así, se está al servicio de los conciudadanos y se defiende el interés público. Aunque evidentemente  nunca lo podré hacer, porque vulneraría los principios de igualdad, capacidad y mérito. Yo pondría un test del amor como prueba selectiva. Y si los funcionarios no entran enamorados, lo que debemos de hacer es conseguir que se enamoren por medio de la formación de entrada, de un proyecto de formación permanente y de acompañamiento institucional. (Subrayado mío).


IMG-20111014-00029¿Qué otras carencias ve en las Administraciones Públicas catalanas?
Otro problema, aún más preocupante, es la falta de madurez institucional provocada por una falta de tradición de nuestras Administraciones Públicas, aún muy jóvenes, y una cultura política en nuestro país de carácter heterodoxo. Ésta se hace evidente en el elevado grado de rotación de los subdirectores y subdirectoras generales, funcionarios de carrera pero elegidos por criterios de libre designación. Dado que se trata de lugares de confianza política, existe la idea absolutamente perversa que todo cambio –ya no de partido político en el gobierno, sino de alto cargo- implica la renovación de la mayor parte de estos efectivos, con independencia de su valía profesional, para poder ubicar a los propios conocidos y clientelas. Éste es un error gravísimo, ya que es precisamente en este ámbito estratégico de la Administración, de rótula entre los niveles político y profesional, donde se reúne más conocimiento y fortaleza institucional. (Subrayado mío).


¿De qué manera se pondría remedio?
Personalmente, considero que estos no deberían ser lugares de confianza política, sino de desconfianza política. Los cambios, nada más, estarían justificados en aquellos casos que el profesional hubiera sido contaminado por la opción política anterior y, en consecuencia, bloqueara las políticas públicas que actualmente se quieren implementar. Una buena regulación del directivo público acabaría con esta práctica, pero eso implicaría establecer un conjunto de límites que la clase política, ahora por ahora, no está dispuesta a autoimponerse.


(…)


Viendo que las plazas dirigidas a politólogos y sociólogos son aún escasas, ¿cree que sería buena idea la creación de unos cuerpos específicos mediante los ámbitos funcionales que faciliten la incorporación de estas titulaciones en la Administración Pública?
En primer lugar, debemos entender que para trabajar para la Administración Pública no hay que ser funcionario. El sector público es muy amplio: dentro están las empresas públicas, los consorcios, los organismos autónomos, el sistema parapúblico, etc. Es aquí donde trabaja la mayor parte de los empleados públicos. Cuando el politólogo que quiere ser el funcionario clásico, tiene la opción de entrar al cuerpo superior de carácter general. Crear un cuerpo específico reservado únicamente para politólogos y sociólogos sería una estrategia corporativa de carácter antiguo que a la larga nos perjudicaría, porque las plazas ofertadas serían  muy pocas. Nosotros, de acuerdo con nuestra polivalencia, debemos aspirar a ocupar varios lugares de trabajos diferentes.


Lo que sí es cierto es que las administraciones deberían de ir cambiando el contenido de los temarios, introduciendo materias más afines a nuestras licenciaturas, como temas de gestión y de políticas o temas de carácter social. No tanto porque favorezca a los politólogos y sociólogos, sino porque a las Administraciones les falta este perfil no tan hiperespecializado, y mucho más multidisciplinario y transversal.



 


Para más información acerca de la carrera, teorías, artículos y demás, del profesor Ramió, bien podrían googlear, o visitar el blog de nuestros amigos de eadminblog.net, que poseen varios interesantes artículos sobre las propuestas y temas que rodean el presente post.


Finalmente, sólo me gustaría acotar que, si bien es cierto que cada gobierno, cada administración es distinta según la realidad social en la que se desenvuelva, quisiera jugármela proponiendo que las necesidades respecto a esto, en cada uno de nosotros -en el fondo- son las mismas: esperamos eficacia y eficiencia por parte de los organismos gubernamentales para con la viabilidad y buen funcionamiento del sistema administrativo. Un claro compromiso por parte de sus agentes como de nosotros, sus usuarios, es fundamental para echar la máquina a andar.



@diegoganoza 

domingo, 18 de septiembre de 2011

Cerco humano por la Pucp

Hace unos días, me llegó una invitación al Facebook bajo el título “Cerco humano por la Pucp”. Que básicamente es un intento de los estudiantes por llamar la atención ciudadana y mostrar un respaldo a la Universidad acerca de los temas –controversiales- que se están dando respecto a su autonomía gubernamental, afectada directamente por el Arzobispado de Lima. Más información: googlear.


Cerco Humano por la Pucp[5]

 

Al momento de redactar este post, van 4.948 personas que “asistirán”, 1.048 que “tal vez” lo hagan. El cerco se empezará a armar el viernes 23 de setiembre a partir de las 10:00 hrs. alrededor del campus (Av. Universitaria, cuadra 18, s/n.). Seas o no de la Pucp, estás invitado!


Les dejo un texto incisivo y desmitificador, de un amigo mío, y profesor de la Pucp, sobre la cuestionada sentencia del Tribunal Constitucional del Perú a favor del Arzobispado de Lima, aquí.




@diegoganoza

Exposición fotográfica: Perú, viaje al sol.

IMG-20110917-00252

Desde el 14 de abril, en la Sala de Exposiciones de Círculo de Arte de Barcelona, se está llevando a cabo una –gran- exposición llamada “Perú, viaje al sol”, del fotógrafo Juan Manuel Castro Pietro.

“Perú, viaje al sol” revela la evolución del fotógrafo a lo largo de sus intensos y dilatados periplos. El campo de acción de su gran proyecto se extendía por los más diversos escenarios del país: El Valle Sagrado de los Incas y Machu-Picchu, la sierra, el altiplano andino, la selva amazónica y la costa. En las fotografías, estos paisajes y sus gentes aparecen rodeados de una atmósfera especial y mágica, que eleva las imágenes por encima de la realidad física observada y despierta resonancias de estampas antiguas, sueños y viejas lecturas. Es la mirada creadora del fotógrafo que convierte en arte el objeto de su observación”. (Fragmento sacado del folleto que te dan dentro).

IMG-20110918-00262

Juan Castro ha recibido el premio Bartolomé Ros a la mejor trayectoria fotográfica española, asimismo, la muestra fue galardonada por la Embajada de Perú en España con el premio César Vallejo de fotografía.

Para más información, vayan aquí.

@diegoganoza

domingo, 22 de mayo de 2011

Pronunciamiento de Estudiantes Indígenas de la Amazonía

Ante la ya bien conocida incertidumbre política que se está viviendo en Perú por las elecciones presidenciales de segunda vuelta, un grupo de estudiantes de la Amazonía, hizo llegar a un amigo mío, un pronunciamiento. Lo copio y pego, pues creo que es muy importante su lectura y difusión -sí, que el Perú no es el Jirón de la unión…-:





Shuar, un gran amigo, me hace llegar el pronunciamiento que sigue. Pienso que en la medida de lo posible, debemos difundir lo que un grupo de estudiantes indígenas de la Amazonía del país desean transmitir al resto de sus compatriotas.


 

PRONUNCIAMIENTO



Los abajo firmantes, estudiantes indígenas de la Amazonía, preocupados por la coyuntura política actual y el futuro de nuestrascomunidades, queremos manifestar lo siguiente:



SOBRE NUESTROS PUEBLOS:


1)      Territorio:





  • Culminar con la titulación de nuestros territorios.


  • Que se den prioridad a las solicitudes de ampliación territorial.


  • Que se garantice la seguridad jurídica de nuestros pueblos frente a las concesiones privadas que se superponen a nuestros territorios. El Estado debe respetar el derecho preexistente de nuestros pueblos.


  • La atención y solución de las propuestas de reservas territoriales para Pueblos Indígenas en Aislamiento Voluntario.


2)      Medio ambiente:





  • Mejorar la calidad de los estudios de impacto ambiental (EIA) con la participación y consulta a nuestros pueblos y que los  órganos para su evaluación y fiscalización sean eficientes y transparentes.


  • Que las concesiones privadas que operan en nuestros territorios respeten y  valoren los ecosistemas existentes.


  • Que se termine con la minería informal y artesanal que daña  nuestros ríos y bosques.


  • Frenar la tala ilegal y descontrolada de la madera.


3) Participación:





  • Que se apruebe la Ley del Derecho a la Consulta.


4) Riqueza:





  • Garantizar la participación de nuestros pueblos en el acceso a los beneficios derivados del aprovechamiento de los recursos naturales.


  • Garantizar que los acuerdos entre empresas y comunidades sean justos y adecuados a sus propias aspiraciones.


  • Que el Estado garantice que nuestros pueblos tengan los medios necesarios para poder decidir de manera libre e informada sobre los aspectos vinculados a su desarrollo.


  • Invertir los fondos del canon y las regalías en proyectos de desarrollo a favor de los pueblos en cuyos territorios operan los proyectos de inversión. Que la repartición del canon sea justa y equitativa.


  • Fortalecer la institucionalidad, la gestión de los gobiernos locales, gobiernos regionales y del gobierno nacional a fin de garantizar la provisión de los diversos servicios públicos a favor de nuestros pueblos.


SOBRE EL PAÍS Y LA COYUNTURA POLÍTICA:




  1. Abogamos para que el próximo gobierno no signifique un retorno al pasado corrupto  y vergonzoso, violador de los principios fundamentales, ni un futuro incierto y autoritario.


  2. Abogamos por un Estado que viabilice y legitime su ejercicio en un sistema jurídico que tenga en cuenta las dimensiones culturales y las diferencias de los grupos como principio normativo. Así mismo, integre la totalidad de las realidades socioculturales como parte constitutiva de la nación.


  3. Exigimos que se respeten los derechos elementales tales como, la libertad de prensa,  la institucionalidad democrática y la apertura económica enmarcada en el bien común. No obstante, que esta apertura no suponga la destrucción de nuestros pueblos.


  4. A pesar del crecimiento de los últimos años somos conscientes de la necesidad de profundas reformas estructurales en los campos sociales, económicos y políticos. Todo esto para alcanzar la justicia social y la igualdad de oportunidades.


  5. Los Pueblos Indígenas, jóvenes y estudiantes en especial, estaremos siempre vigilantes del proceso político y el futuro nacional, con el propósito de contribuir para una sociedad más respetuosa de su pluralidad, consciente  de sus diferencias pero expuesta a un diálogo respetuoso, fructífero e integrador.


Lima, 19 de Mayo del 2011.

Shuar Velásquez R. /Universidad Antonio Ruiz de Montoya
/Pueblo Huambisa


(Contacto: 594-3123 / 999790143)


Euclides Espejo / Pueblo Aguaruna / Representante de AUUPI


Felipe Shimpukat / Universidad Nacional Mayor de San Marcos /Pueblo Aguaruna


Rember Yahuarcani / Pueblo Huitoto


Gonzalo Taish / Universidad Nacional Mayor de San Marcos /Pueblo Huambisa


Jhon Chalo Pizango / Universidad Mayor de San Marcos /Pueblo Shawi


Dina Ananco A. / Universidad Nacional Mayor de San Marcos /Pueblo Huambisa


Héctor Tsajuput / Universidad de Piura / Pueblo Aguaruna


Joel Kuñachi / Universidad Nacional Toribio Rodríguez de Mendoza / Pueblo Aguaruna


Martín Velásquez R. / Pueblo Huambisa


Isacc Paz Saukaí / Universidad Nacional Mayor de San Marcos / Pueblo Aguaruna


domingo, 26 de septiembre de 2010

Hablando algo de procesos electorales -y de Avatar-

Considerando los eventos ocurridos y “publicados” en las últimas semanas sobre el presente proceso electoral municipal-regional, y por qué no: en todos los procesos electorales de nuestro país; vemos con lástima cómo la democracia plena que dice existir en nuestra sociedad, es fofa e incrédula reduciéndose a la simple actuación y voluntad de unos “cuantos” agentes. A qué me refiero?


A modo de ideas sueltas, de comentario, les cuento que años atrás conversaba con un amigo y discutíamos -al menos eso tentábamos- acerca del siempre porvenir político de nuestro país y de la también siempre reinante masa demográfica que, a fin de cuentas, sirve de palanca a los "cuantos” hacia el poder -entiéndase “cargos políticos”-. Pues hablábamos, para comenzar, de la historia, y nos dábamos cuenta de que los pocos gobiernos civiles que ha tenido nuestro país, la gran mayoría terminaba en fracasos -golpes militares-, o simplemente terminaban y mal. Y es que recién en los últimos 30 años -qué viejo me siento- como lógicamente muchos han terminado “razonando”, es que los gobiernos elegidos han podido cumplir su cuota periódica y democrática -al haber sido en un proceso electoral legítimo-.



Son entonces estos últimos gobiernos productos de ciclos complejos y movimientos populares que se van repitiendo de tanto en tanto, siempre a favor del candidato más querido, del más identificado con las “necesidades del pueblo”. Siempre pendiente e Identificando quién es de la Derecha, de la Izquierda. Lo bueno de lo malo, o viceversa. Al estar falto de memoria y relajado en una domingo casero, empezaré con el primer gobierno de nuestro actual presidente; y es claro que con el respaldo histórico y político que su partido representaba -representa- en nuestra historia, le otorgó una ventaja enorme sobe su contrincante en aquel momento, Alfonso Barrantes, dándole la victoria contundente.


Luego, en las elecciones de 1990, entre Alberto Fujimori y Vargas Llosa, en la que como sabemos, se identificó a éste último a la Derecho política y por ende: entendido por esa gran masa -la pobreza- como un desentendido sobre las necesidades que a ella les corresponde. Inclusive, por ahí hubo rumores que en un partido de fútbol, en el que asistieron ambos candidatos, Vargas se situó en un palco o lugar de visible importancia, rodeado de personas en terno; sin embargo, Fujimori se situó en las bancas, entre el “populorum” ganándose al momento el cariño y respaldo, los cuales le terminaron dando la victoria en aquel proceso electoral. Lo mismo en el 95, contra Pérez De Cuellar, tema aparte el de la dictadura y fraude que supuestamente envolvieron tal proceso electoral.


Pues vemos que el pueblo identifica al que está con ellos asemejándolo con su condición, ya que la gente que “son de tener” son personas “malas” y buscarán qué aprovecharse, concepto que no se encuentra del todo errado. La desconfianza como un problema, es un desencadenante en momentos cruciales en las contiendas electorales. Entonces otro problema complejo es cómo resolver este problema, claro está.


Luego, vino lo que ya sabemos, se derrumbó la mafia fujimontesinista. Entonces tuvimos en el 2001 a un persistente Alejandro Toledo, respaldo por una disque heróica marcha de los Cuatro Suyos y no sé qué diablos más, su vida como lustra botas y su éxito en Harvard, ejemplo clarísimo para nuestras generaciones, sí señor!; por lo que terminó ganando dichas elecciones presidenciales frente a un García Pérez aún repudiado.


Y finalmente, en el 2006, Lourdes Flores, identificada como de Derecha, gracias a un video y a declaraciones vertidas en ciertos programas televisivos -con la ayuda de su padre- , fue perdiendo terreno en el favoritismo de la masa electoral, mientras que García se ubicaba poco a poco al “centro”: ni con los ricos, ni con los pobres, a común entender. Y claro, por una Izquierda “rayada” estaba Humala, que gracias a su “simpatía y carisma”, a su modo de entender las cosas, a su forma de expresar sus ideas, y a cómo es que deberían de ser, hablaba el lenguaje del pueblo; es decir, expresaba lo que el pueblo quería a rajatabla, he ahí su victoria en primera vuelta. Pero felizmente, quién sabe quién no salió elegido a fin de cuentas -y esperemos que se repita ahora que ha anunciado su próxima postulación-. La forma cómo te identificas con el pueblo hace necesario que los candidatos creen sus Avatar frente a la sociedad: siempre sonriente, condescendiente, amable, bondadoso.


Bueno pues, al parecer la democracia en nuestro país es eso, la aceptación de la gran mayoría por un determinado candidato buena gente, a secas. Es triste, pues que la gran mayoría en nuestro país no es de condiciones favorables -hablo de nosotros, de su gente-, el Perú es un país pobre, pobre económicamente, pobre de ideas, de voluntad, de solidaridad. Que se están haciendo esfuerzos por salir adelante, sí. Que se están haciendo esfuerzos por cambiar, sí. Pero ello nunca será suficiente -eficaz- como para que podamos llegar a un grado de desarrollo tal que sea sostenible y permanente. Hemos visto como los diarios y la gente habla de un crecimiento económico en los últimos años, pero eso no sirve si al fin de cuentas quienes terminan asumiendo los cargos directivos no son los mejores preparados. Los cargos políticos son cargos administrativos, de gestión, de saber invertir para todos y para futuro. No son para gente que mejor caiga o que más regalos haga durante una corta campaña electoral. O si?


 








martes, 27 de abril de 2010

Viaje: Lima to Amsterdam – Schiphol Airport (I)

Estresado, malhumorado y aún teniendo un informe qué presentar, me sentía un día antes del vuelo. El mes de diciembre siempre ha sido para mí –y supongo que para muchos-, un mes pesado, un mes de finales, mes de trabajos e informes finales; pero para mí, esta vez sería también un mes de dulce reencuentro, un mes como ninguno.

Mater Admirabilis

El 777 partía del “Jorge Chavez” a las 20:35 horas, tenía que estar 3 horas antes como mínimo. Salí de casa con la familia antes de la hora de almuerzo, paramos por una de nuestras pollerías favoritas, y yo aún no lo asimilaba, luego de ello me embarcaría en un viaje de más de 20 horas de vuelo.

Terminamos de almorzar y de tomar algunas fotos más, y nos enrumbamos al aeropuerto. Estábamos con tiempo, preferíamos evitar contratiempos, estábamos bien. Llegamos, yo llevaba mis maletas, mi madre mis casacas, mi papá volvía a revisar mis documentos: “que todo esté en orden”, nos decía. Mi hermanita siempre con una sonrisa en el rostro, y mi hermano era mi diccionario: “where´s this gate” está bien si es para pedir que me señalen la dirección a la que debo ir? –sí, te responderán: “Cuál gay? Ai, nu nu, descunuscu inglés mayormente joven”-, y nos reíamos.

 

Diego Ganoza - LAP1

Mostré mi pasaporte y mi boarding pass al tipo de seguridad y en seguida me dejó ingresar -y sólo- a la [ante]sala esta grande, para dejar mis maletas y para que me entregaran mis boletos de viaje, en donde figuraba mi itinerario. Una vez dejadas las maletas y registrada la de mano, regresé con los míos. Luego de pagar el impuesto, estuvimos en el patio de comidas algo de dos horas más, tomando fotos y haciendo videos. Se pasaban las horas y no anunciaban mi número de vuelo, así que decidimos despedirnos de una vez para que yo pueda ingresar y así evitar contratiempos, ya que la cantidad de personas en la “zona de despedidas” estaba en repentino y constante aumento. En la pantalla se registraba cuatro vuelos más con destino a Europa (Iberia, Lan, KLM, AIr France, British Airways, etc.). Y yo aún no lo asimilaba.

Los abrazos de despedida fueron algo rápidos, pero llenos de cariño, emoción, entusiasmo, y sobre todo de calor de hogar...  (continuará).

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Un video de “aviones en el “Jorge Chavez”.





domingo, 20 de septiembre de 2009

Sobre la Ley General del Turismo: A modo de introducción de la introducción (…)

A raíz de los acontecimientos producidos en el país durante los últimos años: como el nombramiento de Machu-Picchu como una de las Maravillas a nivel mundial, así también la reciente visita de los Simpsons al Cusco; el incremento de llegadas de turistas al país; entre miles más, y el esfuerzo de personas que trabajan en este “mercado” que podríamos incluso afirmar: descuidado, es que se ha creado y el Presidente García ha promulgado la nuevecita Ley General del Turismo.La catedral - Pisco


Confieso ante ustedes que aún no la he leído, mas estuve revisando algunas leyes anteriores a ella, así como reglamentos pertinentes a las diversas áreas de este sector (bajados de la página de mis amigos de TNews), como también el anteproyecto que estuvo promoviendo Mincetur (Ministerio de Comercio Exterior y Turismo) a través de su página web.


Y la constante ante todas éstas, era de qué forma nos ayudaba, a ti, a mi, a la gente del centro, norte, sur, costa, sierra, selva, al público en general e inclusive al Estado; para poder llevar a cabo “un desarrollo sostenible”. Se desprenden varias cuestiones como los alcances que tiene esta Ley 29408: que si de ella se benefician realmente aquellas poblaciones que necesitan del Turismo para sobrevivir, o solo aquellas empresas (agencias, tours operadores, etc.) que se benefician del servicio intermediario; dónde queda la responsabilidad social; se hace, con esta ley, efectiva la promoción y desarrollo de los principios que en ella se mencionan (después de todo no se está descubriendo el fuego, verdad?).


Intentaremos responder a éstas y más interrogantes conforme vayamos analizándola y viendo sus impacto en la realidad, en la práctica. Pero, por lo pronto: quién es Martín Pérez? (…).

© Derecho -en los hechos-
Maira Gall