miércoles, 14 de octubre de 2009

Pasaje escolar. Y tu uniforme? (I got soul, but i’m not a soldier…)

Para los que no viven en el Perú, les cuento que el sistema de transporte urbano en Lima es bastante peculiar. Cuando tengan la oportunidad de subir a un “bus” (una combi) se darán cuenta que hay dos personas a cargo: el chofer y el cobrador (persona que cobra los pasajes a los pasajeros).

Éste último es el “bacán”, es el que se enfrenta al pasajero ante un desacato de la tarifa; ante una eventual discordancia entre lo que debería de ser y lo “justo” sobre lo que se está cobrando; tiene el poder de hacer bajar a una persona de “su” vehículo; y, finalmente, entre otras muchas cosas más, establecer un trato muy diferenciado a la persona entre el momento “antes” de subir (muy amable, consentidor –sube sube… habla vas?… espera que ahí viene!.. etc.-), y el momento “luego” de subir (renegón, terco -por favor colabore pe’!… avance más al fondo!… Flaco! tu mochila ponlo adelante pe’… el pasaje es un “sol vente”, habla, sino baja de una vez-).

Si bien el “enfrentarse” –cosa que está mal- con un pasajero desobedece las reglas de conductas del cobrador establecidas en el Reglamento de Transporte Urbano (página 5); la situación se torna mucho peor cuando se “enfrentan” con un menor de edad, con un estudiante escolar, independientemente que hayan subido o no a la combi; ya que ocurren veces –como el caso que les comentaré- en que el maltrato es más despreciable; tal es así, que ni siquiera les hacen caso a los escolares cuando éstos hacen el gesto de levantar la mano para que el bus –combi- pare, pues como no ven a algún “adulto” (pez gordo) entre ellos, pues simplemente pasan otorgándoles indiferencia total.

Tal es ello, que la vez pasada, dirigiéndome al trabajo, se me presentó la siguiente escena:

(El cobrador de una combi pidiendo el pasaje a una estudiante que va al colegio sin uniforme escolar. -Lo cual es totalmente normal, porque hay colegios particulares que no tienen como política que sus estudiantes vayan uniformados, como mi colegio, donde estuve el 5to año de secundaria-).

El cobrador de la combi: -Los escolares pagan su “pasaje escolar” porque tienen su uniforme del colegio-
La escolar sin uniforme: -Pero acá está mi tarjeta de Control. Yo estoy en el colegio!-
El cobrador de la combi: -Sí, pero ustedes van sin uniforme porque tienen plata…sí o no?…-


Sí? a ustedes también les da la gana de estrellar la cara del cobrador de la combi contra alguna pared de cemento? (…) Broma.

Como vemos, el problema acá no es saber si la chica, que dice ser escolar, es estudiante o no (lo cual era lógico que lo fuera desde cualquier punto de vista de ser humano racional); el problema, básicamente, es saber si es que realmente se les puede atribuir como justificado el comportamiento del cobrador al exigirle que “vista” como “escolar” para poder cobrarle el precio expresado en el –maltratado, roto y sin uso- tarifario.

Lamentablemente, el precio de los pasajes obedece a la regulación del libre (artículo 58 de nuestra Constitución) mercado, al igual que los precios de los bienes básicos de consumo; incluso esta diferenciación del precio del pasaje ha sido objeto de sentencia en el Tribunal Constitucional, por lo que no implica el desinterés total por parte del Estado, respecto a este tema. La diferenciación de los pasajes escolares están regulados de cierta forma por el Título IV del Reglamento de Transporte Urbano.

Digo “lamentablemente” porque las faltas  de especificaciones –control- con que se regularizan los pasajes, dan paso a abusos y arbitrariedades por parte de los “dueños” de estos vehículos –gente que vive en el Perú no me lo va a negar-. La tarifa para ir de un lugar a otro, dependiendo de la distancia, podría variar desde 0.50 céntimos (lo cual no figura en el tarifario) hasta 3.00 soles –o más- en el pasaje adulto. Peor aún si hay alza en los precios del combustible.

Para el caso de lo escolares, la situación es más complicada incluso que la de los universitarios, ya que la condición de estudiante universitario se la otorga la sola presentación del Carné Universitario (mas no vestir como universitario); en cambio para el escolar, qué cosa acredita su condición de estudiante?; si bien es cierto, no hay normatividad expresamente establecida con el fin de sancionar esta situación (escolar-cobrador), existe una ley (Ley 26986) que faculta al Ministerio de Educación expedir un carné escolar y con la presentación de éste, poder hacer efectivo el cobro del pasaje. Sin embargo, me he metido en la página web del Ministerio de Educación, y no he podido encontrar algo referido o relacionado al tema –a ver si algunos de ustedes se anima a rebuscar, y tiene mejor suerte que yo-. Por lo pronto yo no he sabido o al menos no he visto el mencionado carné escolar, ustedes, la chica de la combi? (…).

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«Por otro lado, quiero aprovechar en rendir un pequeño homenaje a Don Arturo “Zambo” Cavero (difundiendo un video de él acompañado de su siempre amigo y compañero Don Oscar Avilés), que falleció en los días en que editaba el presente post. Gracias Don Arturo por la pasión y el amor hacia nuestro Perú»






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